Spanish version of Open Definition 2.1

Hi all,

Please, find enclosed a first draft of a Spanish version of Open Definition 2.1 for discussion and approval.

My name is Antonio F. Rodríguez, from IGN Sain, and I was coauthor of the Spanish Open Definition 2.0.

I have some experienceon on ISO standard translaton into Spanish and Ia have done my best with the help of Lorena Hernández, a Spanics colleague. Of course, weare open to discuss and improve the wording.

Thanks and regards,

Antonio

Here is the text:

Versión: 2.1
La Definición de Conocimiento Abierto aporta precisión al significado del término «abierto» (open) cuando se aplica al conocimiento, promueve un procomún robusto en el que cualquiera puede participar y maximiza su interoperabilidad.
Resumen: El conocimiento es abierto si cualquiera es libre de acceder a él, usarlo, modificarlo y compartirlo, estando sujeto a lo sumo a medidas que preserven su autoría y su apertura.
Este significado esencial se corresponde con el de «abierto» (open) cuando se refiere al software, como en la [Open Source Definition] (The Open Source Definition | Open Source Initiative), y es un sinónimo de «libre» (free) tal y como se usa en la Definición de Software Libre y en la Definición de Obras Culturales libres .
El término obra se utilizará para denominar el ítem o porción de conocimiento a transferir.
El término licencia se refiere a las condiciones legales bajo las cuales está disponible la obra.
La expresión dominio público denota la ausencia de derechos de autor (copyright) y de restricciones similares, ya sea por defecto o por la renuncia a dichas condiciones.
En este documento hay que interpretar las palabras clave «debe» (must), «no debe» (must not), «debería» (should) y puede «may» tal y como se describe en RFC2119.

  1. Obra abierta
    Una obra abierta debe satisfacer los siguientes requisitos cuando se distribuye:
    1.1 Licencia abierta o estatus
    La obra debe estar en el dominio público o disponible bajo una licencia abierta (tal y como se define en la sección 2) . Cualesquiera términos adicionales que acompañen a la obra (como términos de uso o patentes en posesión del licenciatario) no deben contradecir el estatus de dominio público o los términos de la licencia.
    1.2 Acceso
    La obra debe estar disponible como un todo y a no más del coste razonable de una reproducción, y debería ser descargable de manera gratuita a través de Internet. Cualquier información adicional necesaria para aplicar la licencia (como los nombres de aquellos que han contribuido a ella y que sean necesarios para cumplir los requisitos de reconocimiento) deben acompañar también a la obra.
    1.3 Legible por máquina
    La obra debe proporcionarse de manera que sea procesable por computador y en que sus elementos individuales puedan ser fácilmente accedidos y modificados.
    1.4 Formato abierto
    La obra debe proporcionarse en un formato abierto. Un formato abierto es el que no impone restricciones, económicas o de otro tipo, sobre su uso y que puede ser completamente procesado con al menos una herramienta de software libre/código abierto.
  2. Licencias abiertas
    Una licencia debería ser compatible con otras licencias abiertas.
    Una licencia es abierta si sus términos satisfacen las siguientes condiciones:
    2.1 Permisos requeridos
    La licencia debe de manera irrevocable permitir lo siguiente:
    2.1.1 Uso
    La licencia debe permitir el uso libre de la obra licenciada.
    2.1.2 Redistribución
    La licencia debe permitir la redistribución de la obra licenciada, incluyendo su venta, en sí misma o como parte de una colección formada por obras de diferentes fuentes.
    2.1.3 Modificación
    La licencia debe permitir la creación de obras derivadas de la obra licenciada y la distribución de tales derivados en los mismos términos que la obra original licenciada.
    2.1.4 Separación
    La licencia debe permitir que cualquier parte de la obra sea libremente usada, distribuida o modificada por separado de cualquier otra parte de la obra o de cualquier colección de obras en la que fuera originalmente distribuida. Todas las partes que reciben una distribución de cualquier parte de una obra bajo los términos de la licencia original deben tener los mismos derechos que aquellos que están concedidos en conjunción con la obra original.
    2.1.5 Compilación
    La licencia debe permitir distribuir la obra licenciada junto con otras obras distintas sin poner restricciones sobre esas otras obras.
    2.1.6 No discriminación
    La licencia no debe discriminar a ninguna persona o grupo.
    2.1.7 Propagación
    Los derechos ligados a la obra deben aplicarse a toda persona a quien le sea redistribuida sin necesidad de aceptar ningún término legal adicional.
    2.1.8 Aplicación para cualquier propósito
    La licencia debe permitir el uso, redistribución, modificación y compilación con cualquier propósito. La licencia no debe restringir a nadie hacer uso de la obra en un campo específico de aplicación o trabajo.
    2.1.9 Sin coste
    La licencia no debe imponer como parte de sus condiciones ningún modelo de tarifas, regalías (royalties) o cualquier otra compensación o remuneración económica.
    2.2 Condiciones aceptables
    La licencia no debe limitar, hacer inciertos o disminuir los permisos requeridos en la sección 2.1 a excepción de las siguientes condiciones permisibles:
    2.2.1 Reconocimiento
    La licencia puede requerir que las distribuciones de la obra incluyan el reconocimiento de los que han contribuido a ella, los propietarios de los derechos, patrocinadores y creadores mientras que tales prescripciones no sean onerosas.
    2.2.2 Integridad
    La licencia puede requerir que las versiones modificadas de la obra licenciada lleven un nombre o número de versión diferente de la de la obra original, o bien que se indiquen los cambios realizados.
    2.2.3 Compartir igual
    La licencia puede requerir que las redistribuciones de la obra permanezcan bajo la misma licencia o una similar.
    2.2.4 Aviso
    La licencia puede requerir que se mantenga el aviso de derechos de autor (copyright) original y la identificación de la licencia.
    2.2.5 Fuente
    La licencia puede requerir que cualquiera que distribuya la obra, proporcione a los destinatarios acceso a la forma preferida para realizar modificaciones.
    2.2.6 Prohibición de restricciones técnicas
    La licencia puede requerir que las distribuciones de la obra permanezcan libres de cualesquiera medidas técnicas que pudieran restringir el ejercicio de derechos en otros casos permitidos.
    2.2.7 No agresión
    La licencia puede requerir a quien modifique la obra que garantice los permisos públicos adicionales (por ejemplo, licencias de patentes) requeridos para el ejercicio de los derechos otorgados por la licencia. La licencia puede también condicionar los permisos a la no agresión contra los titulares de la licencia con respecto al ejercicio de cualquier derecho permitido (por ejemplo, litigios sobre patentes).
    La Definición de Conocimiento Abierto fue derivada inicialmente de la Definición de Código Abierto, que a su vez se había derivado de las Directrices de Software Libre de Debian y del Contrato Social Debian, de las que forman parte, que fueron creadas por Bruce Perens y los desarrolladores Debian. Esta definición está substancialmente derivada de esos documentos y mantiene sus principios esenciales. Richard Stallman ha sido el primero en impulsar los ideales de la libertad del software que nosotros continuamos alentando.
    Traducido por Antonio F. Rodríguez y Lorena Hernández Quirós
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Thanks for your contribution. I’ve added a request on GitHub to incorporate it into the OpenDefinition.org site

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Great! Anyone volunteer to add markdown formatting and make a pull request on GitHub?

Look at https://raw.githubusercontent.com/okfn/opendefinition/gh-pages/od/2.1/en/index.markdown for formatting help.

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@afrodriguez Thank you for your translation. I have converted it into markdown and submitted a pull request on GitHub.

Please review it at opendefinition/index.markdown at 90a685c1e9eeb9e540972a5e1958e96d270c3262 · Stephen-Gates/opendefinition · GitHub

Please check:

  • the links are correct (some go to English language sites)
  • I have emphasised Must, Must Not, Should, May correctly
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Thanks @Stephen!

@afrodriguez use opendefinition/index.markdown at gh-pages · Stephen-Gates/opendefinition · GitHub to review, which is the latest version of Stephen’s conversion.

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@afrodriguez the text is now published Definición de Conocimiento Abierto - Open Definition - Defining Open in Open Data, Open Content and Open Knowledge

Thanks so much for your contribution :heart:

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félicitation pour la publication de ce texte